Cómo legalizar una instalación fotovoltaica en Cataluña: pasos generales
Legalizar una instalación fotovoltaica de autoconsumo en Cataluña implica, en líneas generales, inscribirla en el registro técnico de instalaciones de seguridad industrial y después en el Registre d’Autoconsum de Catalunya (RAC), además de gestionar tu contrato con la distribuidora y la comercializadora. Lo normal es que tu instalador lo tramite por ti, pero conviene que conozcas el proceso.
Esta guía es un resumen orientativo basado en información publicada por la Generalitat y organismos del sector. Los formularios y requisitos exactos cambian, así que confirma cada paso en el portal de trámites de la Generalitat.
Pasos habituales
- Proyecto o memoria técnica. El instalador la redacta según la potencia y el tipo de instalación.
- Instalación y certificado. Una vez montada, se emite el certificado de instalación eléctrica.
- Registro técnico. Se presenta una declaración ante la Generalitat para inscribir la instalación en el registro de instalaciones técnicas de seguridad industrial de Cataluña (RITSIC).
- Código CAU. Tu distribuidora te asigna el código de autoconsumo (CAU), a partir del CUPS de tu suministro.
- Registre d’Autoconsum de Catalunya (RAC). Con el RITSIC y el CAU se solicita la inscripción en el RAC, que gestiona el órgano competente en materia de energía de la Generalitat.
- Contratos. Actualizas el contrato con la comercializadora (y, si hay compensación de excedentes, se firma el acuerdo correspondiente). Mira compensación de excedentes.
- Registro estatal. La información se comunica al registro administrativo estatal de autoconsumo, que se alimenta con los datos de las comunidades autónomas, según el Real Decreto 244/2019.
Cosas que cambian según tu caso
| Aspecto | Qué puede variar |
|---|---|
| Potencia | Las instalaciones pequeñas tienen procedimiento simplificado (hasta 100 kW se considera pequeña potencia en el Real Decreto). |
| Modalidad | Con o sin excedentes (modalidades). |
| Permisos de acceso y conexión | Para instalaciones de hasta 15 kW en suelo urbanizado con excedentes, no se exigen permisos de acceso y conexión (art. 7 del Real Decreto 244/2019). |
| Licencias municipales | Pueden pedirse licencia o comunicación previa y pagar el ICIO; consulta tu ayuntamiento (ayudas). |
Qué debes pedir a tu instalador
- Que te indique quién presenta cada trámite y en qué plazo.
- Copia del certificado, del RITSIC y del justificante del RAC. Los necesitarás para ayudas y para tu comercializadora.
- Qué garantías cubren la instalación y quién responde si un trámite se rechaza.
Errores frecuentes
- Poner las placas en marcha antes de terminar los trámites.
- No conservar la documentación para justificar una ayuda o deducción.
- No avisar a la comercializadora, con el riesgo de que no te apliquen la compensación.
Puedes ver cómo comparar propuestas de instaladores en cómo comparar presupuestos.